El Especialista en el área fiscal, Leandro Gonzalez, nos explica cómo podemos convertir las deudas de nuestros clientes en gastos deducible para reducir nuestro impuesto a pagar. El 1% de los gastos del saldo vivo de clientes y deudores al 31 de diciembre lo podemos deducir como gasto fiscal. A este gasto se pueden acoger las empresas de reducida dimensión, que son aquellas que facturan menos de 10 millones de euros al año. Es un gasto interesante porque si tenemos bastante deuda de nuestros clientes hacia nosotros, ese 1% puede ser una cuantía que nos ayude a reducir nuestros beneficios. Por otra parte, cuando un cliente nuestro tiene una antigüedad en la deuda superior a 6 meses o entra en concurso de acreedores, en ese caso, nosotros reclamándoles judicialmente la deuda podemos provisionar la totalidad de la misma como gastos en el impuesto sobre sociedades. Esta es una reducción también significativa de nuestra tarifa a pagar. Llámanos Tel. +34 91 548 83 20 Fax +34 91 559 47 59 Envíanos un eMail [email protected] Facebook: / bkfasesores Twitter: / bkfasesores Paseo de la Florida 16, 1ºE, 28008 MADRID